El resultado es el valor adicional al salario por los recargos. Recargo dominical y festivo: 90 % hasta el 30 de junio de 2027 y 100 % desde el 1 de julio de 2027. Nocturno: 35 %, de 7:00 p. m. a 6:00 a. m. No incluye horas extra ni aportes sobre los recargos.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre los recargos

¿Cuál es el recargo dominical y festivo?

Con la Ley 2466 de 2025 subió de forma gradual: 80 % desde julio de 2025, 90 % desde el 1 de julio de 2026 y 100 % desde el 1 de julio de 2027.

¿Desde qué hora es trabajo nocturno?

Desde el 25 de diciembre de 2025, el trabajo nocturno va de las 7:00 p. m. a las 6:00 a. m. El recargo sigue siendo del 35 %.

¿Cómo se calcula el valor de la hora?

Con la jornada de 42 horas semanales vigente desde el 15 de julio de 2026, el salario mensual se divide entre 210 horas (42 ÷ 6 × 30).

¿Qué no incluye la calculadora?

Horas extra, descansos compensatorios, salarios variables ni aportes a seguridad social sobre los recargos. Para la nómina completa, pide el diagnóstico laboral sin costo.

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