Divorcio express en 7-15 días, o unilateral si tu pareja no quiere
Divorcio express notarial de mutuo acuerdo (Ley 962/2005 + Decreto 4436/2005): presentamos la escritura al día hábil siguiente de tener documentos completos, resuelto entre 7 y 15 días hábiles. Y si tu pareja no quiere divorciarse, ahora puedes hacerlo de todos modos por la Ley 2442 de 2024 (divorcio unilateral por sola voluntad).
Cubrimos las cuatro modalidades vigentes en 2026. Te decimos cuál aplica a tu caso en la orientación gratuita inicial.
Antes de cobrar: orientación gratuita inicial de 10-15 min por WhatsApp para confirmar que tu caso califica para vía notarial.
Cuándo procede el divorcio express notarial
Tres condiciones obligatorias. Si las tres se cumplen, vamos por la vía notarial. Si falta una, vamos por la judicial y te explicamos los plazos.
1. Mutuo acuerdo
Los dos cónyuges quieren divorciarse. No hay discusión sobre el divorcio en sí mismo. Si uno se opone, no procede notarial: vamos por la vía unilateral de la Ley 2442/2024 ante juez de familia, donde la sola voluntad basta y no hay que probar causales.
2. Hijos menores: acuerdo total
Si hay hijos menores de edad, los dos firman acuerdo completo sobre custodia, visitas, cuota alimentaria y aporte a educación. El defensor de familia revisa antes de protocolizar. Si no hay acuerdo, va a juez de familia.
3. Sociedad conyugal resuelta
O la sociedad conyugal ya fue liquidada antes, o no hay bienes sociales, o ambos firman acuerdo de reparto. Si hay bienes y no hay acuerdo, hay que liquidar antes (también lo hacemos).
Matrimonio católico o religioso
Sirve para matrimonio civil, católico, evangélico y de otras confesiones reconocidas (Ley 25 de 1992 — cesación de efectos civiles). No requiere nulidad eclesiástica previa.
Uno vive en el exterior
Se firma por apoderado o por poder consular apostillado. Atendemos colombianos en el exterior por WhatsApp y videollamada. Coordinamos los poderes desde Colombia.
¿No sabes si calificas?
Pídenos la orientación gratuita inicial. En 10-15 min te confirmamos si va por vía notarial o judicial.
El divorcio en Colombia ya no es uno solo
La Ley 2442 de 2024 cambió el panorama. Hoy hay cuatro rutas, cada una con autoridad, plazo y costo distintos. Cubrimos las cuatro.
1. Express notarial (mutuo acuerdo · sin hijos · sin bienes)
Autoridad: Notaría · Plazo: 7-15 días hábiles · Honorarios: desde 1.5 SMMLV.
La vía más rápida y económica. Decreto 4436/2005 + Ley 962/2005. Si los dos están de acuerdo y no hay hijos menores ni bienes pendientes, esta es la ruta.
2. Notarial con hijos o bienes (mutuo acuerdo)
Autoridad: Notaría + Defensor de Familia ICBF · Plazo: ~30 días calendario · Honorarios: cotización específica.
Mutuo acuerdo pero con hijos menores (requiere acuerdo conciliatorio sobre custodia + visitas + alimentos) o con sociedad conyugal a liquidar. El defensor de familia tiene 15 días hábiles para emitir concepto.
3. Judicial de mutuo acuerdo
Autoridad: Juez de Familia · Plazo: 2 a 4 meses · Honorarios: cotización específica.
Cuando el trámite notarial no procede por razones administrativas (registros con errores no corregibles por notaría) o cuando las partes prefieren sentencia judicial para fines de ejecución posterior. CGP arts. 386-389.
4. Unilateral por sola voluntad (Ley 2442 de 2024)
Autoridad: Juez de Familia · Plazo: 6 a 12 meses · Honorarios: cotización específica.
Si tu pareja no acepta divorciarse, la Ley 2442/2024 permite solicitar el divorcio unilateral ante juez de familia. Se agregó la causal 10 al art. 154 CC: la sola voluntad. Radicas la solicitud junto con una "Propuesta de Divorcio". La discusión judicial se centra en los efectos (bienes, alimentos, acuerdos sobre hijos), no en el divorcio en sí.
Importante: los honorarios publicados de 1.5 SMMLV en esta página aplican únicamente al express notarial. Las otras tres modalidades se cotizan según complejidad — siempre por escrito antes de firmar contrato. La orientación gratuita inicial sirve para identificar cuál modalidad aplica a tu caso.
Cuánto cuesta el express, sin sorpresas
Honorarios LEGALCARE en SMMLV con auto-ajuste anual. Tarifa notarial oficial se paga aparte a la notaría.
Honorarios LEGALCARE
1.5 SMMLV
≈ $2.626.358 (SMMLV 2026)
Cubre redacción de la escritura, acuerdo conciliatorio cuando aplique, coordinación con la notaría y acompañamiento hasta la firma definitiva.
Tarifa notarial oficial
$200k - $400k
Fija Superintendencia de Notariado 2026
Se paga directo a la notaría. El monto depende de si hay liquidación cero o liquidación de sociedad conyugal con bienes. Te confirmamos el valor exacto antes de firmar contrato.
Copias y registro
≈ $80k
Variable
Copia auténtica de la escritura + anotación marginal del divorcio en el registro civil de matrimonio (Registraduría). Esto cierra el trámite y te permite acreditar el nuevo estado civil.
Honorarios sin IVA. Si se requiere liquidación de sociedad conyugal con avalúos o discusión de bienes, se cotiza por separado. Cesación de efectos civiles del matrimonio católico aplica la misma estructura.
De tu mensaje al divorcio firmado
1. Orientación gratuita inicial
10-15 min por WhatsApp para confirmar que tu caso califica para vía notarial. Si no califica, te explicamos por dónde va (juez de familia) y los plazos. No es asesoría jurídica formal.
2. Lista de documentos + cotización
Te entregamos lista exacta de documentos que necesitas reunir + cotización con honorarios fijos + tarifa notarial desglosada. Firmas contrato de prestación de servicios profesionales.
3. Redacción de la escritura
Redactamos la escritura de divorcio con todas las cláusulas que aplican a tu caso: declaración de mutuo acuerdo, liquidación o exclusión de sociedad conyugal, acuerdo sobre menores si aplica, etc.
4. Presentación al día hábil siguiente
Cuando tienes todos los documentos completos, presentamos el día hábil siguiente. Coordinamos con la notaría de confianza para que te asignen turno rápido.
5. Firma y registro
Coordinamos la firma de la escritura por poder consular o apostillado (tú no viajas ni te desplazas físicamente a la notaría). Después tramitamos la inscripción del divorcio en el registro civil de matrimonio (Registraduría). Cuando termina ese paso, ya estás divorciado oficialmente.
¿Listo para empezar?
Escríbenos al WhatsApp y empezamos por la orientación gratuita.
Hablar por WhatsApp →Qué incluye, qué no incluye y qué documentos necesitamos
Incluye
- Orientación inicial de viabilidad.
- Lista personalizada de documentos.
- Redacción de la escritura de divorcio.
- Acuerdo conciliatorio sobre menores cuando aplica.
- Coordinación con notaría de confianza.
- Acompañamiento a la firma o gestión por poder.
- Inscripción en registro civil de matrimonio.
No incluye
- Tarifa notarial oficial (la paga el cliente a la notaría).
- Liquidación de sociedad conyugal con bienes (se cotiza aparte).
- Avalúos de bienes inmuebles.
- Procesos de custodia o alimentos contenciosos (eso va a juez de familia).
- Trámites consulares en el exterior (los hace el cliente con instrucciones nuestras).
Documentos requeridos
- Cédula de ambos cónyuges.
- Registro civil de matrimonio con anotaciones marginales (vigente, máximo 3 meses).
- Registros civiles de los hijos comunes (si los hay).
- Partida de matrimonio católico con nota marginal (si aplica).
- Acuerdo sobre custodia, visitas, cuota alimentaria si hay menores.
- Inventario de bienes si hay sociedad conyugal a liquidar.
Aviso: LEGALCARE garantiza la gestión profesional dentro del alcance pactado y los plazos comprometidos en la coordinación notarial. No garantiza el desenlace cuando el caso requiera intervención del defensor de familia o de juez (por ejemplo, cuando hay desacuerdo posterior sobre el régimen de menores).
En qué nos apoyamos
Leyes, decretos y jurisprudencia 2026
- Ley 2442 de 2024 (27 dic 2024) — Introduce el divorcio por sola voluntad (numeral 10 art. 154 CC). Permite divorcio unilateral ante juez. Establece la "Propuesta de Divorcio" como requisito procesal.
- Ley 962 de 2005, art. 34 — Antitrámites: faculta el divorcio de mutuo acuerdo ante notario.
- Decreto 4436 de 2005 — Procedimiento notarial detallado del divorcio de mutuo acuerdo.
- Ley 25 de 1992 — Cesación de efectos civiles del matrimonio religioso.
- Código Civil arts. 152 a 167 — Régimen general del divorcio civil.
- CGP arts. 386 a 389 (Ley 1564/2012) — Proceso verbal de divorcio judicial.
- Ley 1098 de 2006 — Protección de menores en el acuerdo conciliatorio.
- Resolución 000964-6 SNR (20 ene 2026) — Tarifas notariales vigentes para 2026.
- Sentencia C-096 de 2024 (Corte Constitucional) — Exequibilidad condicionada del numeral 5 art. 154 (embriaguez y consumo) en clave de salud pública.
- Sentencia SC1702-2025 (Corte Suprema, Sala Civil) — Familia de crianza con efectos en filiación y alimentos.
Lo que NO procede por notaría (va a juez)
- Divorcio unilateral por sola voluntad (Ley 2442/2024) — cuando uno se opone al divorcio. Ahora no se exige probar causales tradicionales: la sola voluntad basta. Va a juez de familia con "Propuesta de Divorcio".
- Divorcio con hijos menores cuando NO hay acuerdo total sobre custodia, visitas y alimentos. Va a juez con apoyo del defensor de familia.
- Divorcio con bienes en disputa sin acuerdo previo de reparto. Hay que liquidar antes o ir a juez.
- Cuando existen errores en registros civiles que la notaría no puede corregir.
- Cuando se buscan reparaciones económicas por conductas sancionables (plazo de 2 años desde el conocimiento de los hechos — Ley 2442).
Lo que más nos preguntan sobre el divorcio express
¿Qué es exactamente un divorcio express?
Es el divorcio de mutuo acuerdo que se tramita ante notario (Ley 962 de 2005, art. 34 + Decreto 4436 de 2005), sin necesidad de pasar por juez de familia. Procede únicamente cuando se cumplen tres condiciones: (1) ambos cónyuges están de acuerdo en divorciarse, (2) no hay hijos menores de edad o, si los hay, hay acuerdo total y completo sobre custodia, visitas y alimentos (revisado por el defensor de familia), (3) no hay sociedad conyugal pendiente de liquidar o ya está liquidada. Cuando se cumplen las tres, es la vía más rápida y económica de divorcio en Colombia.
¿En cuánto tiempo queda divorciado?
Nuestro compromiso: presentamos la escritura ante la notaría al día hábil siguiente de tener todos los documentos completos. Desde la presentación a la firma definitiva suelen pasar entre 7 y 15 días hábiles, dependiendo de la agenda de la notaría escogida. Trabajamos con notarías de confianza en Cali con tiempos predecibles. Si necesita que el trámite se haga en otra ciudad o virtualmente, también lo coordinamos.
¿Cuánto cuesta en total?
Honorarios LEGALCARE: 1.5 SMMLV (aproximadamente $2.626.358 con SMMLV 2026). Tarifa notarial oficial: la fija la Superintendencia de Notariado y Registro anualmente y la paga el cliente directo a la notaría (en 2026 ronda entre $200.000 y $400.000 según notaría y si hay liquidación cero o no). Copia de escritura y registro en Registraduría: aparte, montos menores. Antes de firmar contrato te entregamos cotización con todos los rubros desglosados. Sin sorpresas.
¿Aplica si tenemos hijos menores?
Sí, pero con condiciones. La Ley 962 de 2005 permite divorcio notarial incluso con hijos menores, siempre que los dos cónyuges presenten ante el notario un acuerdo completo y conciliado sobre custodia, régimen de visitas, cuota alimentaria y aporte a la educación. Ese acuerdo lo revisa el defensor de familia del ICBF antes de que el notario protocolice. Si la revisión del defensor encuentra desbalance contra el menor, el trámite se devuelve a la jurisdicción de familia. Por eso, cuando hay hijos menores, el trabajo previo de redacción del acuerdo es lo que define que el trámite siga siendo express.
¿Y si hay bienes en común?
Si la sociedad conyugal ya fue liquidada (por escritura previa o por sentencia) o si los dos firman acuerdo declarando que no hay bienes sociales pendientes, el divorcio express procede igual. Si hay bienes y no hay acuerdo, hay que liquidar primero. La liquidación se puede hacer en la misma escritura de divorcio si ambos están de acuerdo en cómo repartir, o aparte si requiere avalúos o discusión. Te decimos en la orientación inicial cuál vía aplica a tu caso.
¿Sirve para matrimonio católico?
Sí. La Ley 25 de 1992 estableció la cesación de efectos civiles del matrimonio religioso, que se tramita por la misma vía notarial cuando hay mutuo acuerdo. No se requiere nulidad eclesiástica previa: la jurisdicción civil colombiana no exige el pronunciamiento de la jurisdicción canónica. El matrimonio religioso queda intacto ante la Iglesia, pero deja de producir efectos civiles (régimen de bienes, herencia, declaración de unión, estado civil). Sirve para matrimonio católico, evangélico y de otras confesiones reconocidas por el Estado.
¿Puede hacerse si uno de los dos vive en el exterior?
Sí. Si uno de los cónyuges está fuera de Colombia, puede otorgar poder ante el consulado colombiano del país donde reside (apostillado si el país lo exige) o, si está en Colombia de visita, firmar directamente. También se puede hacer la firma de la escritura por apoderado debidamente facultado. Atendemos colombianos en el exterior por WhatsApp y videollamada, coordinamos los poderes y nos encargamos del trámite en Colombia.
¿Qué pasa si mi pareja no quiere divorciarse?
Desde la Ley 2442 de 2024 (vigente desde el 27 de diciembre de 2024), la sola voluntad de cualquiera de los cónyuges es motivo suficiente para el divorcio. Tu pareja ya no puede impedirlo. El trámite se llama divorcio unilateral por sola voluntad y se presenta ante juez de familia (no notario). Radicas solicitud + una "Propuesta de Divorcio" con régimen de menores, alimentos y liquidación de bienes. Tu pareja solo puede oponerse al contenido de la propuesta (cuotas, bienes), no al divorcio en sí. Si no hay acuerdo sobre los efectos, el juez decide de oficio en fase probatoria abreviada. Tiempo estimado: 6 a 12 meses en Cali. Honorarios se cotizan caso por caso (no aplica la tarifa de 1.5 SMMLV del express).
¿Por qué LEGALCARE para el divorcio?
Porque cubrimos las cuatro modalidades vigentes en 2026 (express notarial, notarial con hijos o bienes, judicial mutuo acuerdo, unilateral Ley 2442). Porque trabajamos con notarías de confianza con tiempos predecibles, no genéricas. Porque presentamos al día hábil siguiente de tener documentos completos, no "cuando se pueda". Porque los honorarios están publicados (desde 1.5 SMMLV en express) y la tarifa notarial se desglosa antes de firmar contrato. Porque atendemos colombianos en el exterior coordinando poderes consulares. Porque si tu caso no califica para divorcio express, te decimos antes de cobrar cuál es la vía correcta.
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