Tutela por derechos fundamentales — radicación en máximo dos días hábiles
Tutelas no patrimoniales por derecho de petición, debido proceso, educación, igualdad y otros derechos fundamentales. Elaboramos y radicamos en máximo dos días hábiles desde que recibimos información y documentos completos y el pago recibido. La decisión judicial depende del juzgado.
Para tutelas relacionadas con salud y EPS tenemos landings específicas: tutela EPS, tutela por medicamentos, tutela por cirugía aplazada.
Antes de cobrar: orientación inicial gratuita por WhatsApp para confirmar que tu caso procede por vía de tutela y no por jurisdicción ordinaria.
Derechos fundamentales no relacionados con salud
Si tu caso encaja en alguna de estas líneas, vale la pena el análisis inicial. Para tutelas de salud, ver landings específicas de EPS.
Derecho de petición
Cuando una autoridad pública o entidad obligada (EPS, banco, universidad, ARL, fondo de pensiones) no responde tu petición en los plazos del CPACA (Ley 1755 de 2015), responde por fuera de tiempo, evade el fondo o niega información debida.
Debido proceso
Cuando una autoridad administrativa o disciplinaria sanciona sin oportunidad de defensa, sin descargos, sin pruebas, con motivación insuficiente o violando los principios del art. 29 CP.
Educación
Negativa de matrícula, expulsiones sin proceso, cobros excesivos, retención de certificados, sanciones académicas arbitrarias, discriminación en planteles públicos o privados.
Trabajo y mínimo vital
Cuando la situación laboral compromete el mínimo vital y la jurisdicción ordinaria no es idónea por urgencia: no pago de salarios prolongado, retención de prestaciones, desafiliación al sistema de seguridad social.
Vivienda y servicios públicos
Suspensión arbitraria de servicios públicos esenciales (agua, energía, gas), órdenes de desalojo sin proceso, vulneración del derecho a vivienda digna conexo con otros derechos fundamentales.
Acceso a la justicia
Cuando un juez, fiscalía o autoridad judicial niega indebidamente acceso, demora trámites más allá de lo razonable, o vulnera el derecho a tener jurisdicción efectiva (art. 229 CP).
Igualdad y no discriminación
Trato discriminatorio por razón de sexo, raza, origen, religión, orientación sexual, discapacidad, edad u opinión política, por parte de autoridades públicas o particulares en posición dominante frente al accionante, en los supuestos que la ley y la jurisprudencia admiten.
Habeas data e intimidad
Reportes incorrectos en centrales de riesgo (DataCrédito, CIFIN), tratamiento de datos personales sin autorización, divulgación de información reservada (art. 15 CP + Ley 1581 de 2012).
¿Tu caso no aparece?
Pídenos la orientación inicial gratuita. Te decimos si procede tutela o si va por otra vía. En algunos asuntos, después de conocer preliminarmente el caso, LEGALCARE puede decidir ofrecer también una consulta jurídica sin costo para profundizar en la situación. Esta posibilidad se evalúa individualmente y no es automática ni está garantizada.
Elige el acompañamiento que necesitas
Honorarios para tutelas no patrimoniales de complejidad ordinaria. El alcance queda definido por escrito.
| Servicio | Precio total | Radicación LEGALCARE | Alcance |
|---|---|---|---|
| Tutela sencilla — elaboración y radicación | $500.000 IVA incluido | Máximo 2 días hábiles | Análisis inicial de procedencia, redacción y radicación electrónica a nombre del cliente. No incluye representación posterior, seguimiento del expediente, respuesta a requerimientos, revisión del fallo, impugnación ni incidente de desacato. |
| Tutela sencilla — primera instancia con representación | $875.453 IVA incluido Equivale a 0,5 SMLMV de 2026 |
Máximo 2 días hábiles | Análisis de procedencia, redacción, radicación electrónica y representación durante el trámite de primera instancia, hasta la emisión del fallo. Cubre seguimiento del expediente, revisión de notificaciones y atención de requerimientos ordinarios del juzgado dentro de esa instancia. |
| Tutela integral no patrimonial | $1.750.905 IVA incluido | Máximo 2 días hábiles | Primera instancia hasta el fallo; segunda si alguna parte impugna; y gestión de un incidente de desacato hasta su primera decisión si existe orden favorable incumplida. No incluye revisión eventual de la Corte Constitucional. |
| Escrito para segunda instancia | $400.000 IVA incluido | Según término judicial disponible | Impugnación de un fallo desfavorable o respuesta si la otra parte impugnó. Entregamos el escrito al cliente, quien lo presenta y sigue su expediente. Sujeto a que el plazo judicial permita asumir el encargo. |
| Tutela patrimonial o compleja | Cotización individual | Según complejidad y urgencia | Si la pretensión principal es obtener o reconocer dinero, o el caso exige un trabajo excepcional, acordamos alcance y honorarios por escrito antes de iniciar. |
| Segunda instancia con seguimiento Si ya se presentó la tutela, incluso con otro abogado. |
$500.000 IVA incluido | Según término judicial disponible | Escrito que corresponda y seguimiento hasta el fallo de segunda instancia. No incluye desacato. Consultar |
| Escrito inicial de desacato Por incumplimiento de una orden favorable. |
$250.000 IVA incluido | Según el caso | Elaboración y presentación del escrito inicial. No incluye seguimiento posterior. Consultar |
Qué casos cubren estas tarifas: tutelas de complejidad ordinaria cuya pretensión principal no sea obtener el pago o reconocimiento de dinero. Las tutelas patrimoniales o de complejidad especial se cotizan individualmente por escrito antes de contratar.
Radicación y plazos: Elaboramos y radicamos la tutela inicial en máximo dos días hábiles desde información y documentos completos y pago recibido. Lunes a viernes de 8:00 a 18:00, excepto festivos, son los días hábiles de LEGALCARE. Los tiempos del juzgado no dependen de nosotros. Los asuntos urgentes o con término judicial en curso se evalúan antes de asumirlos.
Alcance: El incidente incluido en la tutela integral exige una orden favorable incumplida y se gestiona hasta su primera decisión. El servicio independiente de $250.000 cubre solo el escrito inicial. La eventual revisión por la Corte Constitucional se cotiza aparte. Los precios son honorarios de LEGALCARE con IVA incluido; cualquier gasto externo se informa por separado.
Tutelas de salud: Consulta las páginas de tutela EPS, medicamentos y cirugía aplazada. El alcance y los precios se rigen por la misma distinción entre tutelas no patrimoniales y patrimoniales.
De tu mensaje a la tutela radicada
1. Orientación inicial gratuita
Hablamos por WhatsApp para confirmar (i) qué derecho fundamental está en juego, (ii) si la tutela es la vía idónea o existe otra, (iii) qué documentos necesitas reunir. No es asesoría jurídica formal.
2. Cotización y firma
Confirmamos el precio y alcance de la modalidad elegida. Si contratas representación, suscribes el poder correspondiente; en la elaboración y radicación básica actúas a nombre propio.
3. Construcción de la tutela
Análisis del derecho fundamental, antecedente jurisprudencial específico cuando lo hay (Corte Constitucional), prueba del agotamiento previo si aplica, redacción de hechos y pretensiones.
4. Radicación electrónica en máximo dos días hábiles
Radicamos la tutela inicial ante el juez competente en máximo dos días hábiles tras recibir información y documentos completos y el pago recibido.
5. Acompañamiento
En la modalidad básica, el cliente sigue el proceso. Con primera instancia, atendemos requerimientos hasta el fallo. En la tutela integral también gestionamos la segunda instancia si se impugna y un desacato si procede, dentro del alcance publicado.
¿Listo para empezar?
Escríbenos al WhatsApp y empezamos por la orientación gratuita.
Hablar por WhatsApp →Qué incluye, qué no incluye y qué necesitamos
Con seguimiento en primera instancia
- Orientación inicial de viabilidad.
- Análisis del derecho fundamental y jurisprudencia.
- Revisión de los documentos aportados.
- Redacción técnica de la tutela.
- Radicación electrónica de la tutela inicial en máximo dos días hábiles.
- Atención de requerimientos del juez.
- Vigilancia del fallo en primera instancia.
En la modalidad básica, nuestro servicio termina al radicar y entregar la constancia.
No incluye
- Procesos ordinarios paralelos (laboral, administrativo, civil) — se cotizan aparte.
- Trámite de desacato, salvo el incidente incluido en la tutela integral si procede.
- Eventual revisión por la Corte Constitucional (es discrecional de la Corte; cuando selecciona, se cotiza aparte).
- Tasas judiciales o copias auténticas (no aplican usualmente en tutela, pero si surgen, se pagan aparte).
Documentos requeridos
- Cédula del accionante.
- Documentos que prueben los hechos (cartas, respuestas, comprobantes).
- Petición previa con su respuesta (cuando aplica el agotamiento).
- Datos completos de la entidad o persona accionada.
- Cronología clara de qué pasó y cuándo.
Aviso: LEGALCARE garantiza la construcción profesional de la tutela y el cumplimiento de los plazos de radicación comprometidos. No garantiza el resultado favorable: la decisión depende del juez, del análisis del derecho invocado y del cumplimiento de los requisitos de procedencia.
En qué nos apoyamos
Constitución y normas
- Artículo 86 CP — Acción de tutela: procedencia, juez, regla constitucional de que no transcurran más de diez días entre la solicitud y su resolución, revisión por la Corte Constitucional.
- Decreto 2591 de 1991 — Procedimiento de la tutela.
- Decreto 306 de 1992 — Reglamentación complementaria del Decreto 2591.
- Decreto 1069 de 2015 (arts. 2.2.3.1.2.1 y ss.), modificado por el Decreto 333 de 2021 — Reglas de reparto judicial de tutelas.
- Ley 1755 de 2015 — Derecho fundamental de petición (cuando es la base del caso).
- Ley 1581 de 2012 — Habeas data (cuando es la base del caso).
- Ley 270 de 1996 — Administración de justicia y acceso a la justicia.
Requisitos clave de procedencia
- Subsidiariedad — no debe existir otro medio judicial idóneo y eficaz; si existe, debe demostrarse perjuicio irremediable para que tutela proceda como mecanismo transitorio.
- Inmediatez — plazo razonable entre el hecho y la presentación. La Corte ha aceptado plazos amplios cuando la violación es continua, y plazos estrictos cuando se trata de actos puntuales.
- Legitimación — accionante debe ser titular del derecho o agente oficioso debidamente justificado.
- Identificación clara del derecho fundamental y del responsable de la violación.
Lo que más nos preguntan sobre tutelas
¿Cuándo procede la acción de tutela?
Procede cuando hay violación o amenaza inminente de un derecho fundamental por acción u omisión de una autoridad pública (alcaldía, ministerio, EPS, ICBF, colegio público, juez, fiscalía) o de un particular que preste servicio público, ostente posición dominante frente al accionante, en los supuestos que la ley y la jurisprudencia admiten o cuando estés en estado de subordinación o indefensión frente a él. Requisitos: (i) que el derecho sea fundamental, (ii) que no exista otro medio judicial idóneo y eficaz, o que el otro medio exista pero la tutela sea necesaria para evitar un perjuicio irremediable, (iii) que la violación sea actual o inminente. El plazo entre el hecho y la tutela debe ser razonable (principio de inmediatez).
¿Qué derechos puedo proteger con esta vía?
Esta landing cubre derechos NO relacionados con salud (eso lo manejamos en otras landings específicas de tutela EPS). Aquí entran: derecho de petición (art. 23 CP), debido proceso y acceso a la justicia (arts. 29 y 229 CP), educación (art. 67 CP), trabajo (art. 25 CP), vivienda digna (art. 51 CP) — generalmente como derecho conexo con otros fundamentales, mínimo vital (jurisprudencia consolidada), libre desarrollo de la personalidad (art. 16 CP), igualdad y no discriminación (art. 13 CP), libertad de expresión (art. 20 CP), libertad de cultos (art. 19 CP), intimidad y habeas data (art. 15 CP), ambiente sano (art. 79 CP, generalmente vía acción popular o de grupo, según corresponda (la tutela no es el mecanismo para el ambiente sano de alcance colectivo)), protesta pacífica (art. 37 CP), dignidad humana (art. 1 CP).
¿Cuánto demora una tutela?
Elaboramos y radicamos la tutela inicial en máximo dos días hábiles desde que recibimos información y documentos completos y el pago recibido. El tiempo del fallo depende del juzgado. Si ya corre un plazo judicial de impugnación, evaluamos si podemos asumir el encargo antes de aceptarlo.
¿Cuánto cuesta?
Para tutelas no patrimoniales ordinarias: elaboración y radicación $500.000; primera instancia con seguimiento $875.453; tutela integral $1.750.905. Escrito independiente para segunda instancia $400.000; segunda instancia con seguimiento $500.000; escrito inicial de desacato $250.000. Todos los valores incluyen IVA. Los casos patrimoniales o complejos se cotizan por escrito.
¿Necesito abogado para presentar tutela?
No. La acción de tutela está diseñada para ser presentada por cualquier persona sin abogado (art. 14 Decreto 2591/1991), incluso de forma verbal cuando el ciudadano no sabe leer o escribir. Pero en la práctica, las tutelas mal construidas se niegan: hechos confusos, derecho fundamental no identificado, pretensiones inadecuadas, no se prueba el agotamiento previo cuando es exigible. El acompañamiento profesional permite construir la tutela con la prueba y la argumentación que el juez necesita para decidir, algo que pesa especialmente cuando el demandado tiene equipo jurídico (EPS, ministerios, grandes entidades).
¿Y si la tutela me la niegan?
Puedes impugnar dentro del término legal contado desde la notificación; debemos revisar el vencimiento concreto antes de aceptar el encargo. Si contrataste la tutela integral, la segunda instancia está incluida si alguien impugna. En las demás modalidades, puedes contratar el escrito o el seguimiento por separado. La eventual revisión por la Corte Constitucional no está incluida y se cotiza individualmente.
¿En qué casos NO procede tutela?
(i) Cuando existe otro medio judicial idóneo y eficaz, sin riesgo de perjuicio irremediable (ejemplo: si tienes acción de nulidad y restablecimiento del derecho disponible y útil, no procede tutela). (ii) Cuando se trata de derechos colectivos puros (esos van por acción popular). (iii) Cuando ya hay sentencia con efectos de cosa juzgada sobre el mismo asunto. (iv) Cuando los hechos son hipotéticos o no actuales. (v) Cuando se busca usarla como atajo procesal para evitar el debate de fondo en su jurisdicción natural. La orientación inicial sirve precisamente para descartar estos casos antes de cobrar.
¿Por qué LEGALCARE para tutelas?
Publicamos honorarios y alcance de cada modalidad. Con información y documentos completos y pago recibido, radicamos la tutela inicial en máximo dos días hábiles. Evaluamos la procedencia antes de contratar.
Información relacionada
Pensión de invalidez
Ya tienes PCL igual o superior al 50% y Colpensiones o tu fondo niega, dilata o desconoce semanas cotizadas.
Tutela EPS — salud
Para tutelas relacionadas con servicios de salud, EPS, medicamentos y procedimientos aplazados, ver landings específicas con jurisprudencia constitucional desarrollada.
Divorcio express
Divorcio notarial de mutuo acuerdo con honorarios publicados para casos sin bienes y con documentos completos. Los demás se cotizan individualmente.
Contratos a la medida
Revisión y redacción de contratos sencillos con honorarios publicados y entrega en 2 a 3 días hábiles desde información completa y pago recibido. Los complejos se cotizan.