¿Te suena familiar?

Casos típicos donde procede la tutela contra EPS o IPS

Si tu situación se parece a alguna de estas, probablemente la tutela es el mecanismo correcto.

Medicamento negado

La EPS no autoriza un medicamento prescrito por tu médico tratante, sea PBS o No-PBS. Aplica especialmente cuando hay riesgo a la vida o la calidad de vida.

Cirugía aplazada

La cirugía fue ordenada por especialista pero la EPS no agenda, no autoriza la red prestadora o aplaza indefinidamente sin justificación clínica.

Especialista que no asignan

Te niegan o aplazan citas con cardiología, oncología, neurología u otra especialidad necesaria para diagnóstico o tratamiento.

Examen diagnóstico negado

La EPS no autoriza una resonancia, TAC, ecografía, biopsia u otro examen ordenado por el médico tratante.

Incapacidad sin pagar

Tu EPS no reconoce o no paga incapacidades médicas debidamente prescritas y registradas.

Traslado a IPS especializada

Necesitas remisión a una IPS de mayor complejidad y la EPS no la autoriza o la dilata sin justificación.

Autorización No-PBS

Servicios fuera del Plan de Beneficios en Salud que requieren la vía de tutela cuando la EPS los niega injustificadamente y son necesarios para tu salud.

Atención negada por afiliación

La EPS niega atención por mora, mal trámite administrativo o cambios de régimen, vulnerando el derecho fundamental a la salud.

¿Tu caso no aparece aquí?

Pídenos la orientación gratuita inicial. En 10-15 min te decimos si procede tutela o si conviene otra vía (derecho de petición, queja a Supersalud, conciliación).

Tarifa publicada

Tutela primera instancia: 1 SMMLV

Honorario alineado con la convención Conalbos para honorarios profesionales del derecho. Auto-ajuste anual con el SMMLV.

Tutela primera instancia con seguimiento

Desde 1 SMMLV

≈ $1.750.905 (SMMLV 2026)

Plazo: 72 h hábiles desde recepción de documentación + pago confirmado. Hasta fallo de 1ra instancia. No incluye impugnación.

Pack tutela estándar

Desde 1,5 SMMLV

≈ $2.626.358 (SMMLV 2026)

Primera instancia + impugnación contratadas desde el inicio. Sin renegociar precio cuando llegue el fallo desfavorable.

Pack caso complejo

Desde 2 SMMLV

≈ $3.501.810 (SMMLV 2026)

Salud catastrófica, vías de hecho, medidas provisionales urgentes, posible revisión por Corte Constitucional. A cotizar.

Honorarios mínimos sin IVA. Al momento de facturación electrónica se aplica IVA del 19%. Cuantía, complejidad y urgencia se cotizan al alza sobre la base.

Cómo trabajamos

De tu mensaje a la tutela radicada en 5 pasos

1. Orientación gratuita inicial

10-15 min por WhatsApp o llamada para valorar viabilidad. Te decimos si procede tutela en tu caso o si otra vía es más eficiente. No es asesoría jurídica formal.

2. Revisión documental

Si hay caso, te pedimos documentos por canal seguro: cédula, EPS, fórmula, diagnóstico y prueba de la negativa. Hacemos lectura clínico-jurídica del expediente.

3. Cotización y pago

Confirmas la tarifa (Tutela 1ra instancia desde 1 SMMLV o Pack según el caso). Pagas por canal autorizado. Los plazos cuentan desde aquí (T&C sec. 2-3).

4. Redacción y radicación

En 72 horas hábiles redactamos el escrito de tutela con hechos, derechos vulnerados, pretensiones, pruebas y radicamos electrónicamente ante el juez competente.

5. Seguimiento hasta fallo

Te informamos del reparto, presentamos réplica si la EPS contesta y te comunicamos el fallo. Si es favorable, te asesoramos sobre cumplimiento. Si es desfavorable, te explicamos opciones de impugnación.

¿Listo para empezar?

Escríbenos al WhatsApp y empezamos por la orientación gratuita.

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Alcance del servicio

Qué incluye, qué no incluye y qué necesitamos

Incluye

  • Revisión clínico-jurídica del caso.
  • Elaboración del escrito de tutela.
  • Presentación electrónica ante el juez competente.
  • Una réplica si la EPS o IPS contesta.
  • Comunicación de la decisión al cliente.
  • Asesoría sobre cumplimiento del fallo.

No incluye

  • Segunda instancia (impugnación) — pack aparte (1,5 SMMLV).
  • Incidente de desacato — se cotiza si la EPS no cumple el fallo.
  • Acompañamiento procesal en eventual revisión por la Corte Constitucional.
  • Gastos de notificación si los hubiere.
  • Servicios médicos o periciales externos.

Documentos requeridos

  • Cédula del titular del derecho (paciente).
  • Carnet de EPS o constancia de afiliación.
  • Fórmula médica vigente.
  • Diagnóstico y soportes médicos relevantes.
  • Prueba de la negativa: correo de la EPS, NIUS, captura, llamada registrada.
  • Resumen breve de la historia clínica relevante (no enviar HC completa por canal inseguro).

Aviso: LEGALCARE garantiza la gestión profesional dentro del alcance pactado y los plazos publicados. No garantiza el resultado favorable de procesos judiciales o administrativos, que dependen de factores externos al despacho (juez, prueba aportada, criterio jurisprudencial vigente).

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan sobre tutelas contra EPS

¿Cuánto demora una tutela contra EPS?

Desde la confirmación del pago y entrega completa de la documentación, redactamos y radicamos la tutela en 72 horas hábiles. Una vez radicada, el juez de tutela tiene 10 días hábiles para fallar (artículo 86 C.P.). En casos urgentes con riesgo para la vida o la salud, puede dictarse medida provisional inmediata. En la práctica, las tutelas en salud catastrófica suelen resolverse en 3-7 días.

¿Qué pasa si la EPS no cumple el fallo?

Si después del fallo favorable la EPS no cumple, procede el incidente de desacato (artículo 52 Decreto 2591/91). Se cotiza por separado del servicio de tutela porque no siempre es necesario y depende de la conducta de la EPS. Es un mecanismo eficaz: el juez puede sancionar al representante legal de la EPS con multa o incluso arresto.

¿Qué incluye y qué no incluye la tutela primera instancia?

Incluye: revisión clínico-jurídica del caso, redacción del escrito, presentación electrónica al juez competente, una réplica si la EPS contesta, comunicación de la decisión al cliente y asesoría sobre cumplimiento del fallo. NO incluye: segunda instancia (impugnación), incidente de desacato, ni acompañamiento procesal en eventual revisión por la Corte Constitucional. Esos servicios se cotizan por separado o como Pack Tutela Estándar (1ra + 2da instancia desde 1,5 SMMLV).

¿Cobran honorarios si pierdo la tutela?

Sí. Los honorarios cubren el servicio profesional realizado (revisión, redacción, radicación, seguimiento), no el resultado. Ningún abogado serio puede garantizar el resultado de un proceso judicial. Lo que sí garantizamos es la calidad técnica del trabajo y los plazos publicados. Si la primera instancia es desfavorable y quieres impugnar, ese servicio se cotiza aparte.

¿Atienden tutelas fuera de Cali?

Sí. Atendemos tutelas en toda Colombia de manera virtual y a colombianos en el exterior. La tutela se radica electrónicamente ante el juez competente según la jurisdicción del accionante (donde ocurre la vulneración o donde reside). No es necesario que estés físicamente en Cali.

¿Qué documentos necesito para la tutela?

Cédula del titular del derecho (paciente), carnet de EPS o constancia de afiliación, fórmula médica vigente, diagnóstico, prueba de la negativa (correo de la EPS, número NIUS, captura de pantalla, llamada registrada) y un resumen de la historia clínica relevante. Recomendamos NO enviar la historia clínica completa por canales no seguros; la solicitamos por canal seguro tras confirmación de la consulta especializada (Ley 1581/2012 — minimización de datos).

¿Y si necesito impugnación porque me fallaron desfavorable?

Si ya tienes el fallo desfavorable de primera instancia (lo redactó otro abogado o LEGALCARE), ofrecemos el servicio de Impugnación de Tutela desde 0,5 SMMLV (≈ $875.453 SMMLV 2026), entregable en 3 días hábiles. Si contratas desde el inicio el Pack Tutela Estándar (1,5 SMMLV), la impugnación queda cubierta sin renegociar precio ni tiempos cuando llegue el fallo desfavorable.

¿Qué hace diferente a LEGALCARE en tutelas de salud?

El director jurídico tiene 20 años de experiencia previa en cuidado crítico y cirugía (enfermero profesional Univalle 1998 + especialista en cuidado del paciente crítico) además de su formación jurídica (T.P. 332.749 — Consejo Superior de la Judicatura, cursando Maestría en Derecho Médico USC). Esto permite revisar la historia clínica con criterio profesional hospitalario, identificar vacíos probatorios y traducir terminología técnica de salud en argumentación procesal eficaz. Conoce más sobre el enfoque clínico-jurídico.

Empieza con la orientación gratuita

10-15 min por WhatsApp para valorar viabilidad de tu caso. Si procede, te explicamos qué documentos necesitas y agendamos la consulta clínico-jurídica especializada.

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Consulta exprés, derechos de petición, contratos, tutelas, impugnaciones. Tarifas publicadas y plazos en días hábiles.

Quiénes somos

Trayectoria del director jurídico: 20 años en cuidado crítico hospitalario + abogado titulado + cursando Maestría en Derecho Médico USC.