¿Te suena familiar?

Situaciones típicas de falla hospitalaria

Si tu caso o el de tu familiar se parece a alguno de estos, vale la pena el análisis de la historia clínica.

Infección intrahospitalaria

Infección adquirida durante la hospitalización por fallas de asepsia, manejo de catéteres o de herida quirúrgica, que agravó el cuadro o dejó secuelas.

Demora o triage en urgencias

Atención tardía, clasificación de triage inadecuada o remisión demorada en urgencias, que llevó a un desenlace evitable.

Error de medicación

Medicamento equivocado, dosis incorrecta, vía de administración errada o interacción no advertida durante la hospitalización.

Alta prematura

Egreso anticipado sin condiciones de estabilidad, sin instrucciones claras o sin control, que derivó en reingreso o complicación.

Falta de personal o insumos

Ausencia de personal suficiente, de equipos o de insumos en el momento crítico, atribuible a la organización del servicio.

Caídas y úlceras por presión

Caída del paciente hospitalizado o úlceras por presión por falta de cuidado, movilización o vigilancia adecuada.

Retraso diagnóstico

Demora injustificada en exámenes, lectura de resultados o remisión a especialista, que hizo perder oportunidad de tratamiento.

Historia clínica incompleta

Registros faltantes, alterados o no entregados. La falla en la custodia de la historia clínica tiene efectos probatorios a favor del paciente.

¿Tu caso no aparece aquí?

Pídenos la orientación gratuita inicial. En 10-15 min te decimos si vale la pena revisar la historia clínica.

Trayectoria del despacho

Tipos de casos médicos institucionales atendidos

Patrones de casos atendidos a lo largo de los años, sin mencionar identidades de pacientes ni de instituciones.

Líneas de trabajo en responsabilidad médica institucional

  • Falla del servicio en hospital público: reparación directa por demoras en urgencias, infecciones intrahospitalarias y desenlaces evitables, con análisis de la lex artis y del nexo causal a partir de la historia clínica.
  • Responsabilidad civil de clínicas privadas: casos de error en la administración de medicamentos, alta prematura y manejo postquirúrgico, donde la lectura clínica de los registros define la viabilidad.
  • Carga dinámica de la prueba: casos donde la historia clínica está incompleta o no fue entregada, y se aplica el deber de la institución de probar la diligencia.
  • Lectura clínico-jurídica como filtro: casos en los que, tras revisar la historia clínica, se concluye que NO había falla ni nexo causal — y se dice antes de cobrar la demanda.

Las descripciones anteriores se refieren a tipos de casos atendidos a lo largo de la trayectoria del despacho. No incluyen información que permita identificar a pacientes, instituciones, juzgados o procesos. La confidencialidad y el secreto profesional (Ley 1123/2007 — Estatuto del Abogado) son innegociables.

Honorarios publicados

Estructura por etapas + cuota litis

Por la duración de estos procesos, los honorarios se estructuran por etapas. Auto-ajuste anual con el SMMLV.

1. Análisis clínico-jurídico

Desde 1 SMMLV

≈ $1.750.905 (SMMLV 2026)

Lectura de la historia clínica, valoración de falla, nexo causal y caducidad, estimación de perjuicios. Plazo: 15 días.

2. Construcción + radicación

Desde 3 SMMLV

≈ $5.252.715 (SMMLV 2026)

Construcción de la demanda (civil o reparación directa), dictamen de apoyo cuando se requiere, radicación electrónica. Plazo: 30 días.

3. Acompañamiento + cuota litis

15-30% éxito

Cuota litis sobre lo recibido

Audiencias, contradicción de pruebas y dictámenes, alegatos, apelación y cobro post-sentencia.

Honorarios mínimos sin IVA. Tasas judiciales, dictámenes periciales y costos de notificación cuando apliquen se cotizan aparte. Cuota litis se pacta por escrito en el contrato de prestación de servicios profesionales antes de radicar. La cuota litis se maneja generalmente entre el 15% y el 30%: puede ser menor en casos ya iniciados o variar según la complejidad del caso, dentro de los límites que permite la ley.

Cómo trabajamos

De la historia clínica a la demanda radicada

1. Orientación gratuita inicial

10-15 min por WhatsApp para entender qué pasó, qué documentos tienes y si hay caducidad a la vista. No es asesoría jurídica formal.

2. Lectura clínico-jurídica

Etapa 1: análisis de la historia clínica completa con criterio clínico para identificar falla, omisión y nexo causal con el daño, y estimar los perjuicios reclamables.

3. Cotización y firma de contrato

Cotización clara con honorarios fijos por etapa + cuota litis pactada por escrito. Firmas contrato de prestación de servicios profesionales con poder.

4. Construcción y radicación

Etapa 2: construcción de la demanda por la vía correcta (civil o reparación directa), apoyo pericial cuando se requiere y radicación electrónica ante el juez competente.

5. Acompañamiento procesal

Audiencias, contradicción de dictámenes, alegatos. Si la sentencia es favorable: solicitud de pago. Si la contraparte apela: oposición.

¿Listo para empezar?

Reúne la historia clínica y escríbenos. Empezamos por la orientación gratuita.

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Alcance del servicio

Qué incluye, qué no incluye y qué necesitamos

Incluye (etapa 2 — radicación)

  • Lectura clínico-jurídica de la historia clínica.
  • Valoración de falla, nexo causal y caducidad.
  • Estimación de perjuicios materiales e inmateriales.
  • Construcción de la demanda y radicación electrónica.
  • Contradicción de excepciones y dictámenes.
  • Alegatos de conclusión.

No incluye

  • Honorarios de peritos médicos externos.
  • Tasas judiciales y costos de notificación.
  • Procesos penales o disciplinarios paralelos.
  • Casación o sede constitucional.

Documentos requeridos

  • Cédula del paciente o de los familiares reclamantes.
  • Historia clínica completa (puedes solicitarla; tienes derecho a ella).
  • Epicrisis, órdenes, resultados de laboratorio e imágenes.
  • Fórmulas y registros de enfermería si los tienes.
  • Facturas y soportes de gastos médicos.
  • Registro civil de defunción cuando el paciente falleció.

Aviso: LEGALCARE garantiza la gestión profesional dentro del alcance pactado. No garantiza el resultado favorable del proceso ni los plazos de la jurisdicción.

Marco legal aplicable

En qué nos apoyamos para argumentar tu caso

Constitución y leyes

  • Art. 90 CP — responsabilidad patrimonial del Estado (hospitales públicos / ESE).
  • CPACA Ley 1437/2011 art. 140 — reparación directa.
  • Código Civil arts. 2341 y ss. — responsabilidad civil (clínicas privadas).
  • Ley 23/1981 y Decreto 3380/1981 — ética médica y lex artis.
  • Ley 1751/2015 — derecho fundamental a la salud.
  • Resolución 1995/1999 — manejo de la historia clínica.

Jurisprudencia clave

  • Consejo de Estado, Sección Tercera — falla del servicio médico y régimen probatorio.
  • Consejo de Estado — carga dinámica de la prueba en responsabilidad médica.
  • CSJ Sala Civil — responsabilidad de instituciones prestadoras de salud privadas.
  • Topes de perjuicios inmateriales — criterios unificados de la jurisprudencia para daño moral y daño a la salud.
Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan sobre fallas hospitalarias

¿Qué se considera una falla hospitalaria?

Es el incumplimiento del deber de prestar el servicio de salud con la diligencia y los medios adecuados, atribuible a la institución más que a un profesional individual. Ejemplos: infección intrahospitalaria, demora o triage inadecuado en urgencias, error en la administración de medicamentos, alta prematura, falta de personal o insumos, caídas, úlceras por presión o pérdida de la historia clínica. Se evalúa con la historia clínica completa y la lex artis aplicable.

¿A quién se demanda: al médico o a la institución?

En las fallas hospitalarias la responsabilidad suele recaer en la institución por la organización del servicio (falla del servicio), sin perjuicio de la responsabilidad del profesional cuando corresponde. Si es clínica privada, la vía es civil. Si es hospital público o ESE, la vía es la reparación directa ante la jurisdicción contencioso-administrativa (art. 90 CP, art. 140 CPACA).

¿Qué necesito para empezar?

Lo esencial es la historia clínica completa (puedes solicitarla a la institución; tienes derecho a ella). También sirven epicrisis, órdenes médicas, resultados de laboratorio e imágenes, fórmulas, registros de enfermería, facturas y comunicaciones con la institución o la EPS. Con eso hacemos la lectura clínico-jurídica para identificar si hubo falla y nexo causal con el daño.

¿Qué se puede reclamar?

Según el caso: perjuicios materiales (gastos médicos, lucro cesante) y perjuicios inmateriales (daño moral, daño a la salud o a la vida de relación). Cuando el paciente fallece, los familiares pueden reclamar en nombre propio. El monto depende de la gravedad de la secuela, la edad, los ingresos y el grado de afectación, conforme a los topes y criterios de la jurisprudencia.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar?

En reparación directa contra hospital público, la caducidad es de DOS (2) AÑOS desde el día siguiente al hecho dañoso o desde que se conoció (o debió conocerse) el daño. En la vía civil contra clínica privada aplican términos de prescripción más amplios, pero conviene no esperar: la prueba se conserva mejor entre más pronto se actúe. Lo verificamos en el análisis inicial.

¿Para qué sirve la lectura clínica del caso?

Porque una demanda de responsabilidad médica se gana o se pierde en la historia clínica. El director jurídico tiene formación previa en cuidado crítico hospitalario, lo que permite leer la historia con criterio clínico: identificar qué se hizo, qué se omitió, si se siguió la lex artis y dónde está el nexo causal. Esa lectura define la viabilidad antes de invertir en un proceso.

¿Atienden casos fuera de Cali?

Sí. La atención es 100% virtual en toda Colombia y para colombianos en el exterior cuyo familiar fue atendido en el país. La historia clínica y los soportes se revisan de forma digital y la radicación es electrónica ante el juez competente del lugar de los hechos.

¿Garantizan ganar el caso?

No. Ningún abogado serio garantiza el resultado de un proceso. Lo que garantizamos es una valoración honesta de la viabilidad antes de cobrar la construcción de la demanda: si la historia clínica no muestra falla ni nexo causal, lo decimos. Las tarifas están publicadas y la cuota litis se pacta por escrito.

Empieza con la orientación gratuita

10-15 min por WhatsApp para valorar viabilidad y caducidad. Si procede, hacemos la lectura clínico-jurídica de la historia clínica.

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